Per saltum y decretos de necesidad de urgencia en un caso trascendente
Dada la enorme difusión periodística del fallo de la Corte Suprema en el caso de la privatización de los aeropuertos por decreto de necesidad y urgencia, me tomo la libertad de omitir un relato detallado de las circunstancias fácticas y los vaivenes judiciales y administrativos previos a la sentencia. Baste con recordar que un grupo de diputados logró, mediante un amparo, que un juzgado federal de primera instancia en lo ContenciosoAdministrativo suspendiera el trámite de la privatización por supuestas irregularidades. El Poder Ejecutivo demandado interpuso recurso extraordinario directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que hizo lugar, revocó la sentencia de primera instancia y habilitó así la continuación de la licitación correspondiente. El fallo fue cinco a cuatro: Nazareno, Moliné O´Connor, Boggiano, López y Vázquez integraron la mayoría, mientras que Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia. En el orden que me parece más razonable, analizaré la competencia del Tribunal, la legitimación de los actores y la cuestión de fondo planteada.
Main Author: | |
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Format: | Artículo biblioteca |
Language: | spa |
Published: |
Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho
1998
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Subjects: | PER SALTUM, CORTE SUPREMA, COMPETENCIA, RECURSO EXTRAORDINARIO, DERECHO CONSTITUCIONAL, |
Online Access: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/3098 |
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Summary: | Dada la enorme difusión periodística del fallo de la Corte Suprema en el
caso de la privatización de los aeropuertos por decreto de necesidad y
urgencia, me tomo la libertad de omitir un relato detallado de las
circunstancias fácticas y los vaivenes judiciales y administrativos previos a la
sentencia. Baste con recordar que un grupo de diputados logró, mediante un
amparo, que un juzgado federal de primera instancia en lo ContenciosoAdministrativo suspendiera el trámite de la privatización por supuestas
irregularidades. El Poder Ejecutivo demandado interpuso recurso
extraordinario directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
que hizo lugar, revocó la sentencia de primera instancia y habilitó así la
continuación de la licitación correspondiente. El fallo fue cinco a cuatro:
Nazareno, Moliné O´Connor, Boggiano, López y Vázquez integraron la
mayoría, mientras que Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en
disidencia. En el orden que me parece más razonable, analizaré la
competencia del Tribunal, la legitimación de los actores y la cuestión de fondo
planteada. |
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