Función preventiva y seguros : utopía o realidad

Resumen: Si le hacemos la pregunta a cualquier persona acerca del seguro nos contestará que existe por si acaso sucede algo y que la empresa va a responder, va a pagar el arreglo, va a hacerse cargo de la defensa o de los gastos. El seguro se presenta en muchos casos como algo obligatorio; en otros, para estar tranquilo frente a un inconveniente; en otros, como una forma de gestionar pérdidas ante una fatalidad. Podríamos seguir esbozando respuestas, pero en todas ellas el seguro siempre entra en escena ante un evento, esto es, es considerado en la órbita de la responsabilidad civil o del derecho de daños. Sin embargo, si pensamos el seguro desde su origen medieval, podemos observar que esa función preventiva del daño está en el cuidado puesto en la cosa objeto del contrato de securitas para poder llegar a destino; cuando se habla de la gestión de los riesgos se busca la modificación de las acciones causales para evitar la producción o la atenuación de los resultados producto de la acción de la naturaleza o de la acción humana(1); así como los modernos mecanismos de prevención de daños como los sandboxes regulatorios o estándares internacionales, entre muchos otros, sostienen la necesidad de anticipar el daño.

Saved in:
Bibliographic Details
Main Author: Pérez, Matilde
Format: Artículo biblioteca
Language:spa
Published: El Derecho 2024
Subjects:GESTION DEL RIESGO, SEGUROS, CONTRATO DE SEGURO, CLAUSULAS CONTRACTUALES, PHISHING, DAÑOS Y PERJUICIOS,
Online Access:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18178
Tags: Add Tag
No Tags, Be the first to tag this record!
Description
Summary:Resumen: Si le hacemos la pregunta a cualquier persona acerca del seguro nos contestará que existe por si acaso sucede algo y que la empresa va a responder, va a pagar el arreglo, va a hacerse cargo de la defensa o de los gastos. El seguro se presenta en muchos casos como algo obligatorio; en otros, para estar tranquilo frente a un inconveniente; en otros, como una forma de gestionar pérdidas ante una fatalidad. Podríamos seguir esbozando respuestas, pero en todas ellas el seguro siempre entra en escena ante un evento, esto es, es considerado en la órbita de la responsabilidad civil o del derecho de daños. Sin embargo, si pensamos el seguro desde su origen medieval, podemos observar que esa función preventiva del daño está en el cuidado puesto en la cosa objeto del contrato de securitas para poder llegar a destino; cuando se habla de la gestión de los riesgos se busca la modificación de las acciones causales para evitar la producción o la atenuación de los resultados producto de la acción de la naturaleza o de la acción humana(1); así como los modernos mecanismos de prevención de daños como los sandboxes regulatorios o estándares internacionales, entre muchos otros, sostienen la necesidad de anticipar el daño.