Procedimientos a aplicar por auditores externos en materia de Prevención de lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo

Resumen: La normativa argentina, en relación con la prevención del lavado de activos y el ejercicio de la profesión, se refiere al contador público independiente en su rol de auditor externo o síndico societario, encuadrándolo como sujeto obligado a reportar. Con el tiempo las exigencias normativas locales e internacionales han ido incrementándose, por lo que los Sujetos Obligados tuvieron la necesidad de capacitarse y actualizarse para la correcta aplicación de estas. A partir de su creación, la Unidad de Información Financiera (UIF) dictó un gran número de Resoluciones para todos los sujetos obligados siguiendo los estándares internacionales y concluyendo finalmente en la aplicación de un Enfoque Basado en Riesgo para el cumplimiento de los procedimientos a implementar por los sujetos obligados en el marco de la política “Conozca a su Cliente” (KYC). La presente investigación apunta a explicar cuáles son los procedimientos que deben aplicar los contadores, en su rol de auditores externos, en materia de prevención del lavado de activos. Teniendo en cuenta las normas locales y las buenas prácticas de estándares internacionales. Las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF) en Argentina relacionadas con la actividad de los contadores alcanzados como sujetos obligados en materia de prevención de lavado de activos, fueron complementadas con normativas del Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Como parte de sus obligaciones, los profesionales tuvieron la necesidad de capacitarse y actualizarse para la correcta aplicación de los requerimientos exigidos por el Órgano de Contralor (UIF) como así también los procedimientos específicos en la materia para aplicar un adecuado Enfoque Basado en Riesgo (EBR). Considerando que el lavado de activos es una práctica por la cual los fondos provenientes de actividades ilícitas se incorporan a la economía legal. Sus efectos más importantes son el debilitamiento de la integridad de los mercados financieros y la pérdida del control de la política económica del Estado. Dichos fondos (Activos) son lavados mediante una serie de transacciones complejas que generalmente incluyen: colocación, encubrimiento e integración.

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Main Authors: Garro, Marina Eloísa, Sánchez Piedrabuena, María Guadalupe, Zima, Julieta, Diato, Roxana Amelia
Other Authors: Vignale, Jorge
Format: Documento de trabajo biblioteca
Language:spa
Published: Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Ciencias Económicas. Departamento de Investigación "Francisco Valsecchi" 2023
Subjects:LAVADO DE DINERO, AUDITORIA EXTERNA, CONTADORES PUBLICOS, EMPRESAS, ACTIVOS FINANCIEROS, TERRORISMO,
Online Access:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17431
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Summary:Resumen: La normativa argentina, en relación con la prevención del lavado de activos y el ejercicio de la profesión, se refiere al contador público independiente en su rol de auditor externo o síndico societario, encuadrándolo como sujeto obligado a reportar. Con el tiempo las exigencias normativas locales e internacionales han ido incrementándose, por lo que los Sujetos Obligados tuvieron la necesidad de capacitarse y actualizarse para la correcta aplicación de estas. A partir de su creación, la Unidad de Información Financiera (UIF) dictó un gran número de Resoluciones para todos los sujetos obligados siguiendo los estándares internacionales y concluyendo finalmente en la aplicación de un Enfoque Basado en Riesgo para el cumplimiento de los procedimientos a implementar por los sujetos obligados en el marco de la política “Conozca a su Cliente” (KYC). La presente investigación apunta a explicar cuáles son los procedimientos que deben aplicar los contadores, en su rol de auditores externos, en materia de prevención del lavado de activos. Teniendo en cuenta las normas locales y las buenas prácticas de estándares internacionales. Las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF) en Argentina relacionadas con la actividad de los contadores alcanzados como sujetos obligados en materia de prevención de lavado de activos, fueron complementadas con normativas del Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Como parte de sus obligaciones, los profesionales tuvieron la necesidad de capacitarse y actualizarse para la correcta aplicación de los requerimientos exigidos por el Órgano de Contralor (UIF) como así también los procedimientos específicos en la materia para aplicar un adecuado Enfoque Basado en Riesgo (EBR). Considerando que el lavado de activos es una práctica por la cual los fondos provenientes de actividades ilícitas se incorporan a la economía legal. Sus efectos más importantes son el debilitamiento de la integridad de los mercados financieros y la pérdida del control de la política económica del Estado. Dichos fondos (Activos) son lavados mediante una serie de transacciones complejas que generalmente incluyen: colocación, encubrimiento e integración.