Positivismo jurídico y fundamento del derecho positivo

Kelsen hace afirmaciones generales, que a poco de analizadas se ve no son valederas. Tal por ejemplo aquélla, tan vulgar por otra parte, de que "la conducta externa del hombre no difiere mucho de la del animal: el pez grande come al pequeño. . . " (p. 32) . Sin negar que muchas veces entre los hombres sucede así, afirmarlo absolutamente es gratuito si se constatan algunos pocos casos en que no se dé la regla. Enunciar dicha regla es olvidar la tremenda importancia social e histórica de lo que podemos llamar "las fuerzas morales" de la humanidad, que se manifiestan cuando hay hombres que se comportan según lo mejor de si mismos, según su deber, y no según sus meros y bajos "intereses". A "intereses", precisamente, reduce Kelsen todas las motivaciones humanas. Kelsen da por sentado, sin ni siquiera intentar probarlo, que lo único que puede normar al hombre es la voluntad del hombre. Rechaza, entonces, toda moral o derecho "heterónomos", que se funden, por ejemplo, en Dios o en "la naturaleza de las cosas". Sin explayarme en este punto señalo que ski la sola voluntad del hombre (sin estar guiada por la razón y ésta por criterios exteriores que se encuentran, por ejemplo en "la naturaleza de las cosas") puede ser norma, caeríamos en plena "ley de la selva", en la imposición arbitraria de una voluntad sobre otra. Si dijéramos, por el contrario, de la "razonabilidad" de dicha voluntad, ello supondría ya, implícitamente, una referencia a algo heterónomo que "mide" al hombre como "razonable" o como mis o menos "irrazonable"...

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Bibliographic Details
Main Author: Hernández, Héctor H.
Format: Artículo biblioteca
Language:spa
Published: Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Filosofía y Letras 1974
Subjects:POSITIVISMO JURIDICO, FILOSOFIA DEL DERECHO, DERECHO POSITIVO, DERECHO NATURAL,
Online Access:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16016
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Description
Summary:Kelsen hace afirmaciones generales, que a poco de analizadas se ve no son valederas. Tal por ejemplo aquélla, tan vulgar por otra parte, de que "la conducta externa del hombre no difiere mucho de la del animal: el pez grande come al pequeño. . . " (p. 32) . Sin negar que muchas veces entre los hombres sucede así, afirmarlo absolutamente es gratuito si se constatan algunos pocos casos en que no se dé la regla. Enunciar dicha regla es olvidar la tremenda importancia social e histórica de lo que podemos llamar "las fuerzas morales" de la humanidad, que se manifiestan cuando hay hombres que se comportan según lo mejor de si mismos, según su deber, y no según sus meros y bajos "intereses". A "intereses", precisamente, reduce Kelsen todas las motivaciones humanas. Kelsen da por sentado, sin ni siquiera intentar probarlo, que lo único que puede normar al hombre es la voluntad del hombre. Rechaza, entonces, toda moral o derecho "heterónomos", que se funden, por ejemplo, en Dios o en "la naturaleza de las cosas". Sin explayarme en este punto señalo que ski la sola voluntad del hombre (sin estar guiada por la razón y ésta por criterios exteriores que se encuentran, por ejemplo en "la naturaleza de las cosas") puede ser norma, caeríamos en plena "ley de la selva", en la imposición arbitraria de una voluntad sobre otra. Si dijéramos, por el contrario, de la "razonabilidad" de dicha voluntad, ello supondría ya, implícitamente, una referencia a algo heterónomo que "mide" al hombre como "razonable" o como mis o menos "irrazonable"...