Requisitos patrimoniales y participación política en la obra de John Locke

Resumen: La relación entre patrimonio y derechos políticos en la obra de John Locke ha sido ampliamente estudiada. Por un lado, se encuentran posiciones como las de Kendall y Tully que atribuyen un carácter democrático a la concepción lockeana sobre la sociedad civil. Por otro, interpretaciones como las de Ashcraft que le asignan un sesgo revolucionario e igualitario, próximo a la concepción de los Levellers. Sin embargo, a la luz de una serie de documentos, es posible debatir con estas interpretaciones, como ya lo han hecho diversos intérpretes parcialmente (en especial Wootton, Wood, Vaughn, Marshall, entre otros). Se mostrará aquí que Locke supone que la discusión parlamentaria compete a quienes, representando a los diferentes sectores productivos, se ocupan de la promoción de sus actividades y que los trabajadores, al no disponer de la formación necesaria para la deliberación sobre los asuntos públicos, no son considerados para participar del ejercicio parlamentario sino sólo de una resistencia excepcional.

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Bibliographic Details
Main Author: Severo Chumbita,Joan
Format: Digital revista
Language:Spanish / Castilian
Published: Universidad Panamericana, Facultad de Filosofía 2018
Online Access:http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0188-66492018000200337
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Summary:Resumen: La relación entre patrimonio y derechos políticos en la obra de John Locke ha sido ampliamente estudiada. Por un lado, se encuentran posiciones como las de Kendall y Tully que atribuyen un carácter democrático a la concepción lockeana sobre la sociedad civil. Por otro, interpretaciones como las de Ashcraft que le asignan un sesgo revolucionario e igualitario, próximo a la concepción de los Levellers. Sin embargo, a la luz de una serie de documentos, es posible debatir con estas interpretaciones, como ya lo han hecho diversos intérpretes parcialmente (en especial Wootton, Wood, Vaughn, Marshall, entre otros). Se mostrará aquí que Locke supone que la discusión parlamentaria compete a quienes, representando a los diferentes sectores productivos, se ocupan de la promoción de sus actividades y que los trabajadores, al no disponer de la formación necesaria para la deliberación sobre los asuntos públicos, no son considerados para participar del ejercicio parlamentario sino sólo de una resistencia excepcional.