La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Indecopi identificó como barrera paraarancelaria la tasa impuesta por Senasa para realizar inspección fitosanitaria a la importación de azúcar y endulzantes

La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) del Indecopi resolvió, en primera instancia, que el cobro de la tasa de 0.273% de la UIT (S/ 10.80) por el servicio de inspección fitosanitaria por cada tonelada de azúcar de caña en bruto, sin adición de aromatizantes ni colorantes, por parte del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), constituye una barrera comercial no arancelaria carente de legalidad.

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Bibliographic Details
Main Author: Gerencia de Promoción y Difusión, INDECOPI
Format: info:eu-repo/semantics/other biblioteca
Language:spa
Published: Indecopi
Subjects:Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias, Servicio de inspección, SENASA, Azúcar de caña, Tasa, Barrera comercial no arancelaria,
Online Access:http://hdl.handle.net/11724/6150
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Description
Summary:La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) del Indecopi resolvió, en primera instancia, que el cobro de la tasa de 0.273% de la UIT (S/ 10.80) por el servicio de inspección fitosanitaria por cada tonelada de azúcar de caña en bruto, sin adición de aromatizantes ni colorantes, por parte del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), constituye una barrera comercial no arancelaria carente de legalidad.