Antecedentes históricos y jurídicos del artículo 29 de la Constitucional Nacional
Resumen: Nos proponemos en el siguiente artículo dilucidar los antecedentes históricos y jurídicos del artículo 29 de la Constitución Nacional, siendo fundamental abordarlo desde la perspectiva de la historia del derecho para comprender su importancia y alcance. El mismo indica que “El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.” Para comprender correctamente su sustancia, no deberemos limitarnos al método dogmático, consistente en el estudio del derecho positivo vigente, a través de la interpretación y sistematización de las normas, para ubicarlas en el sitio que les corresponde dentro del sistema jurídico.
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Format: | Documento de conferencia biblioteca |
Language: | spa |
Published: |
2023
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Subjects: | HISTORIA POLITICA, HISTORIA DEL DERECHO, HISTORIA ARGENTINA, DERECHO CONSTITUCIONAL, |
Online Access: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17359 |
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