Algunas reflexiones en torno del bien común y la discrecionalidad administrativa
Las reflexiones que se vuelcan a continuación pretenden establecer la existencia de un cierto paralelo entre el papel limitado que se asigna al Derecho en la consecución del bien común, por un lado, y la identificación de un ámbito del accionar público –y, más precisamente, del administrativo– que ha de gozar de algún grado de autonomía respecto del ordenamiento jurídico para poder satisfacer adecuadamente el interés general, por otro. Ese ámbito de relativa “libertad” de la Administración configura lo que se ha dado en llamar la “discrecionalidad administrativa”, concepto que, en buena medida en razón de la centralidad que ocupa en la ciencia administrativista, ha concitado con frecuencia la atención de la doctrina en las últimas décadas. Conviene comenzar por explicitar qué quiere decirse cuando se afirma aquello del papel limitado que se asigna al Derecho en la consecución del bien común, primer extremo de la comparación propuesta. Al respecto, señala Martínez López Muñiz que el hecho de que el Derecho propenda al bien común (o, como dice el autor, que el Derecho esté “finalizado al bien común”) no significa que mediante él pueda alcanzarse dicho bien en forma plena...
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Format: | Artículo biblioteca |
Language: | spa |
Published: |
Ciencias de la Administración
2000
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Subjects: | ADMINISTRACION PUBLICA, BIEN COMUN, CONTROL JUDICIAL, DERECHO ADMINISTRATIVO, |
Online Access: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/15801 |
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