La participación procesal de personas menores de 14 años y el abogado del niño. Un aspecto esencial del sistema de protección integral aún irresuelto

El presente comentario a fallo, pretende abordar una vez más la dificultosa aplicación de la figura del abogado del niño1 y la efectividad –en tanto sujeto de derechos- de las garantías mínimas de procedimiento establecidas en la ley 260612 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes. El análisis de éste antecedente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, intenta lograr aproximaciones tendientes a revelar cuales son las problematizaciones y conflictos que se suscitan en la aplicabilidad del art. 27 inc. c)3 de la ley 26061 y su compatibilización con normativa del Código Civil no derogada en materia de capacidad y representación. Siendo necesario el abordaje de todo el plexo normativo que involucra los derechos de los niños, niñas y adolescentes, resulta de vital importancia comprender que luego de la sanción de la Convención sobre los Derechos del Niño4 en el ámbito internacional; y en el ámbito interno luego de la sanción de la Ley de Protección Integral 26061, se instala un nuevo paradigma en materia de infancia y adolescencia superador del régimen tutelar. La posición filosófica que compone los estándares jurídicos que emanan de la Convención nos obliga a cambiar la mirada y las prácticas en materia de infancia reconociendo y respetando al niño/a y adolescentes como sujetos plenos de derechos, completando el reconocimiento de los derechos humanos desde la especificidad que importa un instrumento especial que es la CDN.

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Bibliographic Details
Main Author: Mignon, María Belén
Format: article biblioteca
Language:spa
Published: 2013
Subjects:Abogado, Niño,
Online Access:http://hdl.handle.net/11086/29657
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