Arbitraje de la Organización Mundial del Comercio (OMC)

La OMC debe establecer un grupo de arbitraje para determinar si Chile ha cumplido con el dictamen que obligaba a modificar el sistema de bandas de precios, de manera de cumplir con las recomendaciones dictadas en septiembre de 2002 por el Órgano de Apelación de la OMC. Esta decisión se tomó a raíz de una solicitud de la Argentina, país que considera que dicha resolución sólo se ha aplicado para el caso de los aceites vegetales comestibles y no para el trigo y la harina de trigo, lo cual perjudicaría sus exportaciones de granos y harina hacia nuestro país. La representación chilena ante la OMC señaló que las modificaciones introducidas en el año 2003 al sistema de bandas de precios cumplieron con las recomendaciones de la OMC. El grupo de arbitraje tiene un plazo de 90 días para emitir su informe, plazo que podría prolongarse en la medida que haya dificultades para reconstituir el grupo que emitió el fallo original.

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Bibliographic Details
Main Author: Sanhueza, Pablo
Format: Noticias institucionales biblioteca
Published: 2006-01-27
Online Access:http://bibliotecadigital.odepa.gob.cl/handle/123456789/4961
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