Medición y presentación de información financiera de grupos económicos preparada de acuerdo a las NIIF y consideraciones sobre su aplicación en Argentina
La medición y presentación de la información contable de grupos económicos siempre ha sido objeto de estudio y discusión tanto por parte de la doctrina como por parte de los organismos emisores de normas contables de todo el mundo. En ese sentido, la profesión contable argentina no ha sido ajena a ello. En nuestro país, desde fines del año 2000 y con la emisión de la RT 16 (Marco conceptual de las normas contables profesionales argentinas) se está trabajando en un proceso de armonización con las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por el IASB, las cuales, en un principio fueron tomadas solo como fuente principal de los pronunciamientos que se emitieran desde ese momento. Tal es el caso de la RT 21, que derogó las Resoluciones Técnicas 4 y 5 (ambas de 1984) de la FACPCE y la cual se encuentra notablemente influenciada por los pronunciamientos internacionales. Más tarde y con la llegada de la RT 26 se logró la adopción de las NIIF completas (o NIIF full) para los entes que realizan oferta pública de sus instrumentos de deuda y patrimonio. Poco tiempo después con la emisión de la RT 29, se modificó el texto de la RT 26 permitiendo la adopción voluntaria de las NIIF o la NIIF para PyMEs (Siempre y cuando el ente que desee adoptarla se encuadre en el alcance de la norma) para todos los entes que, no estando obligados o bien estando eximidos de aplicarlas, opten por utilizar las normas del IASB. En este trabajo trataremos el caso de aquellas inversiones permanentes en combinaciones de negocios por adquisición de acciones que otorgan control, control conjunto o vinculación mediante influencia significativa. La RT 26 ya incluye dentro de su alcance a aquellos entes controlantes inmersos en el régimen de oferta pública de sus títulos, pero asimismo, existen otros que no los cotizan y que aplican actualmente la RT 21 para medir tales inversiones a su Valor Patrimonial Proporcional (V.P.P.) y luego presentar estados consolidados. Según afirman Rondi y otros, existe una tendencia a pensar que la información contable consolidada es un tema exclusivo de grandes empresas. No obstante ello, se han llevado a cabo investigaciones que demuestran que incluso determinadas PyMEs presentan información contable consolidada de uso interno respecto de grupos económicos formados por pequeñas sociedades. Se trata de aquellos conjuntos formados por controlante/s, que al día de hoy presentan los estados consolidados como información complementaria a sus estados individuales y controlada/s, participadas o subsidiarias. De esta manera, este trabajo es extensivo a aquellos entes que no estando obligados o bien encontrándose exentos, opten por aplicar NIIF o NIIF para PyMEs. El objetivo de este trabajo será establecer puntos críticos para analizar las diferencias existentes entre las NIIF, las NCPA y las normas legales aplicables a este tipo de combinación de negocios y poder determinar así, las limitaciones existentes a la aplicación de los pronunciamientos del IASB en nuestro país. Además de ello, se analizarán las alternativas de medición y presentación de la inversión en subsidiarias en los Estados Financieros Separados de la controladora y las disposiciones que la NIIF para PyMEs otorga a los grupos económicos centrando el estudio en la presentación de Estados Financieros Combinados.
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Format: | info:eu-repo/semantics/conferenceObject biblioteca |
Language: | spa |
Subjects: | Normas Contables, Información Financiera, Información Contable, Grupos Económicos, Estados Contables, |
Online Access: | https://nulan.mdp.edu.ar/id/eprint/2801/ https://nulan.mdp.edu.ar/id/eprint/2801/1/rodriguez-2017.pdf |
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