Indecopi: Usuarios tendrán la opción de ser asistidos por personas cuando empresas brinden atención mediante bots
Tras la promulgación de la Ley N°31601, que modificó el artículo 1 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, los proveedores deben ofrecer a los consumidores la opción de ser atendidos por una persona cuando brinden asistencia virtual. Es decir, si ofrecen atención mediante los llamados chatbot o callbot también debe ofrecer la opción de que sea una persona la que atienda al consumidor.
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Format: | info:eu-repo/semantics/other biblioteca |
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Language: | spa |
Published: |
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
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Subjects: | Modificación, Código de Protección y Defensa del Consumidor, |
Online Access: | https://hdl.handle.net/11724/9519 |
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