La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi sancionó en primera instancia a la aerolínea Peruvian AirLines por cancelar sus vuelos y le exigió devolver el dinero a todos los pasajeros afectados

La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del Indecopi sancionó, en primera instancia administrativa, a Peruvian Air Line S.A.C. (Peruvian) por infracción a los artículos 2 y 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N.° 29571) debido a que: canceló sus vuelos afectando las expectativas de los consumidores, no les brindó protección, no puso a disposición de los pasajeros mecanismos idóneos para poder atender sus consultas o quejas frente a la suspensión de operaciones, no cumplió con informar de forma suficiente, apropiada y oportuna a los afectados respecto al estado de sus vuelos o las medidas que iba a adoptar ante dicha situación.

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Bibliographic Details
Main Author: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
Format: info:eu-repo/semantics/other biblioteca
Language:spa
Published: Indecopi
Subjects:Sanción, Primera instancia, Aerolínea, Peruvian AirLines, Infracción, Código de Protección y Defensa del Consumidor,
Online Access:http://hdl.handle.net/11724/7351
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