La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi sancionó en primera instancia a UBER Perú S.A. por omitir información a sus clientes acerca de las formas de cobro a través de tarjetas de crédito o débito

La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó con 12,5 UIT (unidades impositivas tributarias), en primera instancia, a la empresa UBER Perú S.A. por no cumplir con su obligación de brindar a los consumidores información relevante para una adecuada decisión de consumo durante la contratación del servicio ofrecido por la empresa.

Saved in:
Bibliographic Details
Main Author: Gerencia de Promoción y Difusión, INDECOPI
Format: info:eu-repo/semantics/other biblioteca
Language:spa
Published: Indecopi
Subjects:Comisión de Protección al Consumidor N° 3, Sanción, UBER, Consumidor,
Online Access:http://hdl.handle.net/11724/5785
Tags: Add Tag
No Tags, Be the first to tag this record!