Resolución Nº 0362-2015/CEB-INDECOPI

Se declara que constituye barrera burocrática ilegal la exigencia de los derechos de trámite respecto a los procedimientos de Recepción de Naves y Despacho de Naves consignados en los procedimientos Nº 02 y Nº 03 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria Nacional, respectivamente, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2005-MTC, modificado por la Resolución Ministerial N° 061-2008-MTC/01. Ello, debido a que dichos procedimientos han sido determinados en función de un criterio distinto al costo que le genera a la entidad tramitar los respectivos procedimientos, lo cual contraviene el artículo 45° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Se dispone la inaplicación de la barrera burocrática declarada ilegal a la denunciante de acuerdo a lo establecido en el artículo 48º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por la Ley Nº 28996. El incumplimiento de lo resuelto podrá ser sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26BIS° del Decreto Ley Nº 25868.

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Main Author: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Format: info:pe-repo/semantics/Text biblioteca
Language:spa
Published: Indecopi
Subjects:Barreras burocráticas, Ministerios, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Autoridad Portuaria Nacional, Jurisprudencia,
Online Access:http://hdl.handle.net/11724/4755
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