Resolución Nº 0074-2015/CEB-INDECOPI

Se declara barrera burocrática carente de razonabilidad la exigencia de acreditar ser titular o tener suscritos contratos vigentes para usar y usufructuar terminales terrestres o estaciones de ruta habilitados en el origen y el destino de cada una de sus rutas, así como estaciones de rutas en las escalas comerciales dispuesta en el numeral 4) del artículo 33º del Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administración de Transporte. Se dispone la inaplicación a la denunciante de la barrera burocrática declarada carente de razonabilidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 48º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. El incumplimiento de lo resuelto podrá ser sancionado de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo 26ºBIS del Decreto Ley Nº 25868

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Main Author: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Format: info:pe-repo/semantics/Text biblioteca
Language:spa
Published: Indecopi
Subjects:Barreras burocráticas, Ministerios, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Jurisprudencia,
Online Access:http://hdl.handle.net/11724/4496
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