Resolución Nº 0052-2015/CEB-INDECOPI
Se declara barreras burocráticas ilegales las siguientes imposiciones y exigencias establecidas por la Municipalidad Distrital de San Borja a través de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por la Ordenanza Nº 406-MSB, publicado en su Portal Web Institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE); así como en la Ordenanza Nº 173-99-CDSB-C: (i) La imposición de una vigencia de noventa (90) días a las autorizaciones para exhibir banderolas con fines comunales, establecida en el procedimiento Nº 8 del TUPA de la Municipalidad; (ii) La imposición de una vigencia de noventa (90) días a las autorizaciones para exhibir banderolas con fines comerciales - inmobiliaria, establecida en el procedimiento Nº 8 del TUPA de la Municipalidad; (iii) La imposición de una vigencia anual a las autorizaciones para exhibir globos o blimps, establecida en el procedimiento Nº 8 del TUPA de la Municipalidad; y, (iv) La exigencia de renovación anual de los elementos de publicidad exterior, establecida en el artículo 8º de la Ordenanza Nº 173-99-CDSB-C.
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Format: | info:pe-repo/semantics/Text biblioteca |
Language: | spa |
Published: |
Indecopi
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Subjects: | Barreras burocráticas, Municipalidades, Municipalidad Distrital de San Borja, Jurisprudencia, |
Online Access: | http://hdl.handle.net/11724/4488 |
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