Informe del Presidente del Concejo Municipal de Guayaquil al Señor Jefe Político del Cantón.

La ley de Régimen Municipal, en su artículo 33 ordena, que el I. Concejo celebre sesiones ordinarias por quince días consecutivos en los meses de Enero, Abril, Julio y Octubre y que se reúna extraordinariamente, cuando lo estime necesario el Jefe Político del Cantón ó el Presidente del I. Concejo ; y en el art. 12 lo mismo que en el Reglamento Interior, se impone al Presidente el deber de comunicar á esa Jefatura, después de cada reunión ordinaria ó extraordinaria, los acuerdos, ordenanzas ó resoluciones que se hubiesen dictado.

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Bibliographic Details
Format: book biblioteca
Language:spa
Published: Guayaquil, Ecuador : Imprenta de la Nación. 2017-03-16T00:06:41Z
Subjects:MUNICIPIOS, INFORMES, GUAYAQUIL (CIUDAD), CONSEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL, JEFE POLÍTICO, LEY DE RÉGIMEN MUNICIPAL, MUNICIPIO DE GUAYAQUIL, PRESIDENTE DEL CONSEJO MUNICIPAL, INSTRUCCIÓN PÚBLICA, BENEFICENCIA, CANALIZACIÓN, ECUADOR, SIGLO XIX,
Online Access:http://hdl.handle.net/10469/10686
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