Informe sobre la situación vigente en materia de derechos mineros de carácter carbonífero.

Bajo el imperio del Código de Minería de 1888, que rigió hasta el 25 de enero de 1930, el carbón quedó sometido a las normas de carácter general en cuanto a la constitución de derechos mineros, con la salvedad de que, tratándose de yacimientos ubicados en terrenos particulares, el derecho de explotación correspondía al dueño del suelo. El Código de 1888 reguló la situación de los poseedores de derechos sobre minas de carbón adquiridos en conformidad con la legislación anterior a la fecha de su promulgación, estableciendo que éstos podían constituir pertenencias en la forma establecida en sus disposiciones.

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Bibliographic Details
Main Author: Carvallo Torres, José Manuel
Other Authors: Comisión Nacional de Energía (Chile)
Format: Informe técnico biblioteca
Language:Spanish / Castilian
Published: CNE 2015-07-15T15:47:46Z
Subjects:Legislación minera, Recursos minerales, Carbón minerales, Minerales no metálicos, Sector minero,
Online Access:https://bibliotecadigital.ciren.cl/handle/20.500.13082/21985
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