Resolución n. 0411-E8-2021 [Acerca de la posibilidad de acceder al dato "sexo" del padrón para poder verificar el cumplimiento de la paridad en el proceso de renovación de estructuras partidarias]

"Deberá darse acceso a tal información solo a quienes se encuentren inscritos ante el Departamento de Registro de Partidos Políticos como miembros del CES o del TEI de cada agrupación política; esos personeros serán responsables del uso del dato personal que consulten. Para ello, el mecanismo de consulta deberá permitir auditorías, según usuario, del uso que se le esté dando".

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Bibliographic Details
Main Author: Costa Rica. Tribunal Supremo de Elecciones Autoría 23586
Format: biblioteca
Language:spa
Published: (1 f
Subjects:ELECCIONES, COSTA RICA. TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, PARTIDO POLÍTICO,
Online Access:https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2021/02/01/COMP_01_02_2021.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/la_gaceta_n_21_de_la_fecha_21_01_2021_sexo_637479740632057854.pdf
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