Acuerdo sobre aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias
Este artículo hace un comentario a medida que se tecnificó la agricultura, también se tipificó la problemática fitosanitaria y se determinaron las medidas de control necesarias para resolverla, dentro de las cuales se contemplan las de tipo preventivo, o sea, aquellas que restringen de alguna manera la movilización de vehículos, el transporte y la comercialización de algunos bienes, como plantas o animales y sus subproductos, con la finalidad de evitar la dispersión de plagas y enfermedades. Es cierto que este tipo de medidas restringen el comercio, pero también es cierto que algunos gobiernos se ven presionados a utilizarlas como una forma de protección económica. Una medida sanitaria o fitosanitaria que no esté respaldada por una base científica, puede ser convertida en un instrumento proteccionista muy eficaz, y, debido a su complejidad técnica, puede transformarse con facilidad en un obstáculo especialmente engañoso muy difícil de impugnar. (MV)
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Format: | Texto biblioteca |
Language: | spa |
Published: |
Bogotá (Colombia)
1995
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Subjects: | COLOMBIA, GATT, PROTECCION DE LAS PLANTAS, SANIDAD ANIMAL, RONDA URUGUAY, ACUERDOS INTERNACIONALES, NORMAS, , |
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