"Hobby Lobby" : la Corte Suprema de los Estados Unidos resguarda la libertad religiosa ante mandato abortivo
¿Se puede obligar a una empresa a financiar métodos abortivos en contra de las convicciones religiosas de sus dueños? ¿Alcanza a las personas jurídicas con fines de lucro la protección de la libertad religiosa? En torno a estas dos preguntas fundamentales se desenvuelve la sentencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos dictada el 30 de junio de 2014 en los expedientes "Sylvia Burwell, Secretary of Health and Human Services, et al., petitioners v. Hobby Lobby Stores, Inc. Et Al." (Docket 13-354) y "Conestoga Wood Specialties Corporation et Al., v. Sylvia Burwell, Secretary of Health and Human Services, et al." (Docket 13-356) (1). La Corte Suprema, por 5 a 4 votos, en razón de la libertad religiosa protegida por la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa de 1993 (Religious Freedom Restoration Act, en adelante RFRA), decretó la invalidez del mandato contraceptivo dictado por el Departamento de Salud (HHS) que obligaba a empresas con fines de lucro pertenecientes a dueños con convicciones religiosas contrarias al aborto, a financiar cuatro métodos que tienen efecto abortivo. El voto de la mayoría fue redactado el juez Samuel Alito, y fue suscripto por el presidente de la Corte, John Roberts, y los jueces Antonin Scalia, Clarence Thomas y Anthony M. Kennedy (según su voto), mientras que Ruth Bader Ginsburg redactó un voto en disidencia, acompañada por la jueza Sonia Sotomayor y, parcialmente, por los jueces Stephen Breyer y Elena Kagan, que también conformaron la minoría. En el presente comentario nos proponemos considerar los hechos que dieron lugar al planteo y dos tópicos jurídicos: la cuestión de la libertad religiosa aplicada a empresas con fines de lucro, entendidas como "personas", y el problema de la obligatoriedad de cubrir anticonceptivos abortivos frente a las convicciones religiosas.
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Published: |
La Ley
2015
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Subjects: | LIBERTAD RELIGIOSA, ABORTO, JURISPRUDENCIA, SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, ANTICONCEPCION, EMPRESAS, |
Online Access: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/8848 |
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oai:ucacris:123456789-88482019-10-12T04:16:27Z "Hobby Lobby" : la Corte Suprema de los Estados Unidos resguarda la libertad religiosa ante mandato abortivo Lafferrière, Jorge Nicolás LIBERTAD RELIGIOSA ABORTO JURISPRUDENCIA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ANTICONCEPCION EMPRESAS ¿Se puede obligar a una empresa a financiar métodos abortivos en contra de las convicciones religiosas de sus dueños? ¿Alcanza a las personas jurídicas con fines de lucro la protección de la libertad religiosa? En torno a estas dos preguntas fundamentales se desenvuelve la sentencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos dictada el 30 de junio de 2014 en los expedientes "Sylvia Burwell, Secretary of Health and Human Services, et al., petitioners v. Hobby Lobby Stores, Inc. Et Al." (Docket 13-354) y "Conestoga Wood Specialties Corporation et Al., v. Sylvia Burwell, Secretary of Health and Human Services, et al." (Docket 13-356) (1). La Corte Suprema, por 5 a 4 votos, en razón de la libertad religiosa protegida por la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa de 1993 (Religious Freedom Restoration Act, en adelante RFRA), decretó la invalidez del mandato contraceptivo dictado por el Departamento de Salud (HHS) que obligaba a empresas con fines de lucro pertenecientes a dueños con convicciones religiosas contrarias al aborto, a financiar cuatro métodos que tienen efecto abortivo. El voto de la mayoría fue redactado el juez Samuel Alito, y fue suscripto por el presidente de la Corte, John Roberts, y los jueces Antonin Scalia, Clarence Thomas y Anthony M. Kennedy (según su voto), mientras que Ruth Bader Ginsburg redactó un voto en disidencia, acompañada por la jueza Sonia Sotomayor y, parcialmente, por los jueces Stephen Breyer y Elena Kagan, que también conformaron la minoría. En el presente comentario nos proponemos considerar los hechos que dieron lugar al planteo y dos tópicos jurídicos: la cuestión de la libertad religiosa aplicada a empresas con fines de lucro, entendidas como "personas", y el problema de la obligatoriedad de cubrir anticonceptivos abortivos frente a las convicciones religiosas. 2019-10-11T21:10:14Z 2019-10-11T21:10:14Z 2015 Artículo Lafferrière, J. N. (2015). "Hobby Lobby" : la Corte Suprema de los Estados Unidos resguarda la libertad religiosa ante mandato abortivo [en línea]. Derecho de Familia y de las Personas, 16/02/2015, 214. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/8848 1852-8708 Cita Online: AR/DOC/2693/2014 https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/8848 spa Acceso abierto http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ application/pdf Estados Unidos La Ley Derecho de Familia y de las Personas, 16/02/2015, 214 |
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¿Se puede obligar a una empresa a financiar métodos abortivos en contra de las convicciones religiosas de
sus dueños? ¿Alcanza a las personas jurídicas con fines de lucro la protección de la libertad religiosa?
En torno a estas dos preguntas fundamentales se desenvuelve la sentencia de la Corte Suprema de los
Estados Unidos dictada el 30 de junio de 2014 en los expedientes "Sylvia Burwell, Secretary of Health and
Human Services, et al., petitioners v. Hobby Lobby Stores, Inc. Et Al." (Docket 13-354) y "Conestoga Wood
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La Corte Suprema, por 5 a 4 votos, en razón de la libertad religiosa protegida por la Ley de Restauración de
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Ruth Bader Ginsburg redactó un voto en disidencia, acompañada por la jueza Sonia Sotomayor y, parcialmente,
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