Decreto 1958-H, Reglamento a la Ley de Abanderamiento de Barcos

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Main Author: El Poder Ejecutivo de la República de Costa Rica
Format: Otro biblioteca
Language:Spanish / Castilian
Published: La Gaceta 1971-10-02
Subjects:decreto 1958-H, licencia de radio, patente, abanderamiento, matrícula, Matrícula Mercante Nacional, patente de navegación, nave mercante, derecho marítimo, legislación marítima, transporte marítimo internacional,
Online Access:http://repositorio.uned.ac.cr/reuned/handle/120809/195
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spelling dig-uned-cr-120809-1952019-09-16T19:06:40Z Decreto 1958-H, Reglamento a la Ley de Abanderamiento de Barcos El Poder Ejecutivo de la República de Costa Rica decreto 1958-H licencia de radio patente, abanderamiento, matrícula Matrícula Mercante Nacional patente de navegación nave mercante derecho marítimo legislación marítima transporte marítimo internacional Documento en PDF, 4 páginas. Mediante este Reglamento se regula el abanderamiento de barcos nacionales dedicados al servicio externo o tráfico internacional (transporte marítimo internacional) además del Cabotaje. La Dirección General de Transporte por Agua y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes tramitarán las inscripciones y llevarán los registros de las naves mercantes que se dediquen al servicio externo. Solo los ciudadanos costarricenses, entes públicos nacionales y empresas constituidas y domiciliadas en Costa Rica podrán abanderar naves. Las diligencias de abanderamiento son previas a la inscripcion de la nave, y una vez realizadas, la nave entra a la Matrícula Mercante Nacional y se le entrega patente de Navegación. Mediante artículo 1° del decreto ejecutivo N° 18354 de 22 de junio de 1988, se dispuso modificar este decreto, a fin de que se entienda que la competencia en materia de regulación y control de transporte marítimo internacional, de cabotaje y por vías de navegación interior, que en este decreto se atribuyen el Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Hacienda, corresponden en realidad al Ministerio de Obras Públicas y Transportes y a la Dirección General de Transporte por Agua, respectivamente.) Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica 2011-05-03T17:16:13Z 2011-05-03T17:16:13Z 1971-10-02 Otro El Poder Ejecutivo de la República de Costa Rica. (1971). Decreto 1958-H, Reglamento a la Ley de Abanderamiento de Barcos. Publicado en La Gaceta, número 199, del 2 de octubre de 1971. http://repositorio.uned.ac.cr/reuned/handle/120809/195 es Decreto;1958-H application/pdf La Gaceta
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