Reglamento de Trashumancia , Ley 21.489 de Promoción, protección y fomento de la actividad apícola
Con el objeto de proteger y promover el desarrollo sustentable de la actividad apícola, así como de resguardar la sanidad y el bienestar de las abejas, toda persona que movilice colmenas o efectúe trashumancia en el territorio nacional, deberá contar con un sistema actualizado y permanente de control interno, en el cual deberá dejar constancia de todo movimiento o trashumancia que realice. Dicho sistema deberá estar disponible cuando la autoridad competente lo requiera. Por resolución del Servicio Agrícola y Ganadero se establecerán los requisitos que deberá contener el sistema de control interno. Esta resolución deberá dictarse dentro del plazo de 90 días hábiles a contar de la publicación del presente reglamento.
Saved in:
Other Authors: | Oficina de Estudios y Políticas Agrarias |
---|---|
Language: | Español |
Published: |
2024-06-06
|
Subjects: | TRASHUMANCIA, MOVIMIENTO DE COLMENAS, APICULTURA, LEY 21.489, PROMOCIÓN APÍCOLA, PROTECCIÓN APÍCOLA, FOMENTO DE LA ACTIVIDAD APÍCOLA, |
Online Access: | https://hdl.handle.net/20.500.12650/73387 |
Tags: |
Add Tag
No Tags, Be the first to tag this record!
|
Similar Items
-
Ley 21.489 de Promoción, protección y fomento de la actividad apícola
Published: (2022-10-12) -
Manual apícola básico y avanzado
by: Comité Estatal Sistema Producto Apícola del Estado de Chiapa (México)
Published: (Sin ) -
Cosecha de miel en colmenas modernas
by: Clemente T., Isidro
Published: (Enero 1991) -
Proyecciones y desafíos Apicultura grupo de Mujeres Campesinas “Mujeres de Miel”
Published: (2019) -
Nutrición, un aporte innovador al manejo apícola
Published: (2014)