Resolución Nº 0406-2015/CEB-INDECOPI

Se declara que constituye barrera burocrática ilegal la denegatoria de instalar estaciones de base radioeléctricas y/o infraestructura necesaria para la prestación del servicio público de telecomunicaciones en la circunscripción del distrito de Miraflores, materializada en la Carta N° 0924-2014-SGLEP-GA/MM de fecha 26 de diciembre de 2014; y, en consecuencia, fundada la denuncia interpuesta por Telefónica del Perú S.A.A. contra la Municipalidad Distrital de Miraflores. La prohibición señalada contraviene lo dispuesto en los artículos VIII° del Título Preliminar y 78° de Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, debido a que los gobiernos locales no cuentan con las competencias para restringir de manera absoluta la ubicación de estaciones base radioeléctricas; así como el artículo 4° de la Ley N° 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura de Telecomunicaciones, ya que la entidad competente para regular en materia de telecomunicaciones es del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

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Main Author: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
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Published: Indecopi
Subjects:Barreras burocráticas, Municipalidades, Municipalidad Distrital de Miraflores, Jurisprudencia,
Online Access:http://hdl.handle.net/11724/4777
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