Decreto 484 de 2019: donde se clarifica la conformación del Consejo de Dirección Técnica - UPRA

Que mediante el Decreto 4145 del 2011 se creó la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios - UPRA. Que el Decreto 1446 de 2014 modificó el artículo 10 del Decreto 4145 de 2011, en relación con la composición del Consejo de Dirección Técnica de la UPRA, determinando que estaría integrado por: 1. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, o el Viceministro de Desarrollo Rural, quien lo presidirá. 2. El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado. 3. ~I Director General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC. 4. El Director General del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM. 5. El Director de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural y Uso Productivo del Suelo, o quien haga sus veces. 6. El Gerente General del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -INCODER, quien asistirá con voz pero sin voto.

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Other Authors: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Bogotá (Colombia)
Format: Norma biblioteca
Language:spa
Published: Bogotá 2019
Subjects:Administración pública - D10, Legislación - D50, Distribución de tierras, Desarrollo rural, Planificación regional, Transversal, http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_6490,
Online Access:http://hdl.handle.net/20.500.12324/35652
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