Proyecto de ley no. 23.549 Ley que declara el 30 de julio de cada año como el Día nacional del primer voto femenino en Costa Rica
Declárase el día 30 de julio de cada año como el Día Nacional del Primer Voto Femenino en Costa Rica. En el artículo 2 se indica "autorícese al Ministerio de Educación Pública, al Ministerio de Cultura y Juventud, al Instituto Nacional de las Mujeres, al Instituto Costarricense de Turismo, al Tribunal Supremo de Elecciones, y a la Municipalidad del cantón de San Carlos a celebrar actos conmemorativos relacionados con el Día Nacional del Voto Femenino".
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Format: | Texto biblioteca |
Language: | spa |
Published: |
(09
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Subjects: | PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES, FIESTAS Y CELEBRACIONES, CIUDADANÍA DE LAS MUJERES, DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (COSTA RICA), SUFRAGIO FEMENINO, |
Online Access: | https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2023/10/09/COMP_09_10_2023.pdf http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/LA_GACETA_185_sufragio.pdf http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/Portada_Gaceta_185.png |
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Summary: | Declárase el día 30 de julio de cada año como el Día Nacional del Primer Voto Femenino en Costa Rica. En el artículo 2 se indica "autorícese al Ministerio de Educación Pública, al Ministerio de Cultura y Juventud, al Instituto Nacional de las Mujeres, al Instituto Costarricense de Turismo, al Tribunal Supremo de Elecciones, y a la Municipalidad del cantón de San Carlos a celebrar actos conmemorativos relacionados con el Día Nacional del Voto Femenino". |
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