Positivismo jurídico y fundamento del derecho positivo
Kelsen hace afirmaciones generales, que a poco de analizadas se ve no son valederas. Tal por ejemplo aquélla, tan vulgar por otra parte, de que "la conducta externa del hombre no difiere mucho de la del animal: el pez grande come al pequeño. . . " (p. 32) . Sin negar que muchas veces entre los hombres sucede así, afirmarlo absolutamente es gratuito si se constatan algunos pocos casos en que no se dé la regla. Enunciar dicha regla es olvidar la tremenda importancia social e histórica de lo que podemos llamar "las fuerzas morales" de la humanidad, que se manifiestan cuando hay hombres que se comportan según lo mejor de si mismos, según su deber, y no según sus meros y bajos "intereses". A "intereses", precisamente, reduce Kelsen todas las motivaciones humanas. Kelsen da por sentado, sin ni siquiera intentar probarlo, que lo único que puede normar al hombre es la voluntad del hombre. Rechaza, entonces, toda moral o derecho "heterónomos", que se funden, por ejemplo, en Dios o en "la naturaleza de las cosas". Sin explayarme en este punto señalo que ski la sola voluntad del hombre (sin estar guiada por la razón y ésta por criterios exteriores que se encuentran, por ejemplo en "la naturaleza de las cosas") puede ser norma, caeríamos en plena "ley de la selva", en la imposición arbitraria de una voluntad sobre otra. Si dijéramos, por el contrario, de la "razonabilidad" de dicha voluntad, ello supondría ya, implícitamente, una referencia a algo heterónomo que "mide" al hombre como "razonable" o como mis o menos "irrazonable"...
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Format: | Artículo biblioteca |
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Published: |
Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Filosofía y Letras
1974
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Subjects: | POSITIVISMO JURIDICO, FILOSOFIA DEL DERECHO, DERECHO POSITIVO, DERECHO NATURAL, |
Online Access: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16016 |
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oai:ucacris:123456789-160162023-03-15T13:24:30Z Positivismo jurídico y fundamento del derecho positivo Hernández, Héctor H. POSITIVISMO JURIDICO FILOSOFIA DEL DERECHO DERECHO POSITIVO DERECHO NATURAL Kelsen hace afirmaciones generales, que a poco de analizadas se ve no son valederas. Tal por ejemplo aquélla, tan vulgar por otra parte, de que "la conducta externa del hombre no difiere mucho de la del animal: el pez grande come al pequeño. . . " (p. 32) . Sin negar que muchas veces entre los hombres sucede así, afirmarlo absolutamente es gratuito si se constatan algunos pocos casos en que no se dé la regla. Enunciar dicha regla es olvidar la tremenda importancia social e histórica de lo que podemos llamar "las fuerzas morales" de la humanidad, que se manifiestan cuando hay hombres que se comportan según lo mejor de si mismos, según su deber, y no según sus meros y bajos "intereses". A "intereses", precisamente, reduce Kelsen todas las motivaciones humanas. Kelsen da por sentado, sin ni siquiera intentar probarlo, que lo único que puede normar al hombre es la voluntad del hombre. Rechaza, entonces, toda moral o derecho "heterónomos", que se funden, por ejemplo, en Dios o en "la naturaleza de las cosas". Sin explayarme en este punto señalo que ski la sola voluntad del hombre (sin estar guiada por la razón y ésta por criterios exteriores que se encuentran, por ejemplo en "la naturaleza de las cosas") puede ser norma, caeríamos en plena "ley de la selva", en la imposición arbitraria de una voluntad sobre otra. Si dijéramos, por el contrario, de la "razonabilidad" de dicha voluntad, ello supondría ya, implícitamente, una referencia a algo heterónomo que "mide" al hombre como "razonable" o como mis o menos "irrazonable"... 2023-03-14T16:03:11Z 2023-03-14T16:03:11Z 1974 Artículo Hernández, H. H. Positivismo jurídico y fundamento del derecho positivo [en línea]. Sapientia.1974, 29 (111). Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16016 0036-4703 https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16016 spa Acceso abierto http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ application/pdf Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Filosofía y Letras Sapientia Vol.29, No.111, 1974 |
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son valederas. Tal por ejemplo aquélla, tan vulgar por otra parte, de que
"la conducta externa del hombre no difiere mucho de la del animal: el pez
grande come al pequeño. . . " (p. 32) . Sin negar que muchas veces entre los
hombres sucede así, afirmarlo absolutamente es gratuito si se constatan algunos
pocos casos en que no se dé la regla. Enunciar dicha regla es olvidar la
tremenda importancia social e histórica de lo que podemos llamar "las fuerzas
morales" de la humanidad, que se manifiestan cuando hay hombres que
se comportan según lo mejor de si mismos, según su deber, y no según sus
meros y bajos "intereses". A "intereses", precisamente, reduce Kelsen todas las
motivaciones humanas. Kelsen da por sentado, sin ni siquiera intentar probarlo, que lo único
que puede normar al hombre es la voluntad del hombre. Rechaza, entonces,
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o en "la naturaleza de las cosas". Sin explayarme en este punto señalo que ski
la sola voluntad del hombre (sin estar guiada por la razón y ésta por criterios
exteriores que se encuentran, por ejemplo en "la naturaleza de las cosas")
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de una voluntad sobre otra. Si dijéramos, por el contrario, de la
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