La colaboración del deudor en el proceso

Resumen: A partir de la irrupción de las modernas tendencias en el derecho de las obligaciones, éstas van dejando de concebirse como un verdadero poder de señorío del acreedor insatisfecho sobre el deudor. Por el contrario, se advierte la creciente imposición de límites al sujeto activo de este vínculo jurídico, en pos de tutela de la parte supuestamente débil y de la preservación de los intereses generales de la sociedad. Esta nueva concepción se ha irradiado del derecho de fondo al campo del derecho procesal, a punto que hoy se puede hablar de una verdadera “humanización del proceso”,1 o más específicamente, de la “humanización del proceso de ejecución”, porque es en el ámbito de este tipo de procesos donde los principios tuitivos tienen mayor aplicación. Tales principios podrían sintetizarse en la satisfacción integral de la pretensión ejecutiva, con un mínimo de sacrifico de los intereses del deudor y en forma compatible con la preservación del interés general de la sociedad. En el marco de esta corriente, se inscribe la obra que comentamos, donde el autor presenta dos institutos procesales escasamente difundidos en nuestro medio. La primera de las figuras –concepción propia de Louge Emiliozzi– es la del “allanamiento con cumplimiento diferido”, que consiste en otorgar al demandado –o reconvenido– que se allana a la demanda –o reconvención– un plazo más extenso que el habitual para el cumplimiento de la sentencia.

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Bibliographic Details
Main Author: Louge Emiliozzi, Esteban
Format: Artículo biblioteca
Language:spa
Published: Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho 2007
Subjects:DERECHO PROCESAL CIVIL, RESPONSABILIDAD CIVIL, ACREEDORES, DEUDOR,
Online Access:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16898
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