Nuevas tecnologías en la Justicia Civil de Córdoba en tiempos de pandemia covid-19

El especial contexto originado por la pandemia del COVID-19, impuso la necesidad de adoptar medidas urgentes en diversas áreas con el fi n de prevenir contagios y salvar vidas, a la par que asegurar los servicios esenciales, como el de la Administración de Justicia. Ello justificó que en el orden nacional se dictara la Ley N° 27.541 de “Emergencia Sanitaria” y que el Poder Ejecutivo Nacional mediante DNU N° 297 del 19/3/20 dispusiera la medida del “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio que empezó a regir, el 20 de marzo del corriente año. Por su parte la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó, el 16/3/20 la Ac. 4/2020, mediante la cual declaró inhábiles los días 16 a 31 de marzo de este año para las actuaciones judiciales ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación y dispuso –entre otras medidas que los tribunales aseguren una prestación mínima de servicio de justicia durante el plazo establecido ante la suspensión de la atención al público, salvo para las actuaciones procesales en las que resulte indispensable la presencia de los letrados y/o las partes. Con posterioridad, dispuso una feria extraordinaria respecto de todos los tribunales federales y nacionales y demás dependencias que integran el Poder Judicial de la Nación. A su vez, en el orden provincial se dictó la Ley N° 10.690 adhiriendo a la Ley Nacional citada. En sintonía con tal normativa, el Poder Judicial de Córdoba fue adoptando una serie de medidas de prevención y atención frente a la emergencia sanitaria. Así, entre otras, el Tribunal Superior de Justicia dispuso mediante Resolución de Presidencia N° 9 del 20/3/20, el “cese de la prestación del servicio de Justicia de modo presencial”, estableciendo asimismo medidas urgentes de carácter excepcional, para proteger la salud de trabajadores judiciales, litigantes y público en general, y a la vez posibilitar, dentro de las restricciones impuestas, la prestación del servicio de justicia. En tal línea autorizó la realización de presentaciones judiciales de carácter urgente habilitando canales electrónicos y “teletrabajo” a fi n de su recepción, tramitación y resolución. La adopción de estas medidas para garantizar el servicio de justicia con apoyo en los avances tecnológicos, fue posible a mérito del desarrollo preexistente en la materia. En efecto, desde hace tiempo el Tribunal Superior de Justicia local viene realizando una serie de acciones tendientes a la plena utilización de los recursos informáticos.

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Bibliographic Details
Main Author: González Zamar, Leonardo
Format: bookPart biblioteca
Language:spa
Published: Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho 2020-12
Subjects:Covid 19, SARS-CoV-2, Pandemia, Coronavirus, Nuevas tecnologías, Justicia Civil, Emergencia Sanitaria, Expediente electrónico, Administración de Justicia, Córdoba, Argentina,
Online Access:http://hdl.handle.net/11086/20229
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